- Compilar, difundir y aplicar la normatividad para otorgar, negar, revocar o mantener vigente el Acuerdo de Autorización en los planteles particulares que ofrezcan servicios educativos del tipo básico en la entidad.
- Expedir y difundir la convocatoria a particulares interesadas e interesados en prestar servicios educativos de tipo básico.
- Asesorar a las y los particulares que soliciten la autorización para prestar servicios educativos en los niveles de educación básica, respecto a los trámites para obtener el Acuerdo de Autorización.
- Recibir y dictaminar los expedientes de las y los particulares que solicitan la autorización para impartir estudios del tipo básico incorporados al Subsistema Educativo Estatal.
- Verificar que los inmuebles propuestos, para impartir estudios del tipo básico, cuenten con instalaciones que reúnan los requisitos establecidos en la normatividad.
- Emitir y otorgar los Acuerdos de Autorización a particulares que cumplan con los requisitos normativos, que les permitan impartir estudios del tipo básico, así como la negación o revocación de la autorización concedida.
- Renovar la vigencia de derechos de autorización para los planteles particulares de educación básica que cumplan con la normatividad.
- Generar y difundir el listado de planteles a los que se les haya concedido la autorización y a la de aquellos a los que la renovaron, así como los que causaron baja al término del ciclo escolar, para ser publicado en el Periódico Oficial de Gaceta de Gobierno.
- Integrar y mantener actualizados los expedientes de los planteles particulares que se incorporan cada ciclo escolar al Subsistema Educativo Estatal, así como de aquellos que mantengan vigente su Acuerdo de Autorización.
- Implementar acciones de coordinación con las subdirecciones regionales de educación básica, para conocer si las y los particulares incorporados al Subsistema Educativo Estatal se sujetan a la normatividad respecto de la operación en la prestación del servicio educativo.
- Instaurar y resolver procedimientos administrativos comunes a las y los titulares de los derechos de incorporación de los planteles que no cumplen con la normatividad para la prestación del servicio que ofrecen.
- Desarrollar las demás funciones inherentes al área de su competencia.