Calendario Escolar 2025 - 2026
Calendario Escolar 2024 - 2025
Recomendaciones de salud ante el aumento de temperatura
Guía Ética para la Transformación de México
No a la Impartición ilícita de Educación
Artículo 148 Ter del Código Penal del Estado de México..- Al que preste servicios educativos que conforme a la ley requieren autorización …y no los haya obtenido, se le impondrá de cinco a diez años de prisión y una multa de mil a mil quinientos días.
Artículo 44 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México.-Las personas físicas o jurídicas colectivas que publiciten al Plantel como incorporado al Sistema Educativo Estatal o presten servicios educativos sin tener esta calidad, serán sancionadas, independientemente de las sanciones de tipo civil o penal en que incurra.
Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México
El 29 de febrero entra en vigor el nuevo Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México.
De la Incorporación al Sistema Educativo Estatal
El artículo 8 del Reglamento General de Servicios Educativos Incorporados del Estado de México, establece que: “ La Incorporación de los Particulares al Sistema se obtendrá mediante la Autorización o Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios que otorguen la Secretaría, SEIEM y, en su caso, los organismos públicos descentralizados de carácter educativo que tengan facultades para ello, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el Reglamento y en los Acuerdos Específicos que expida la Autoridad Educativa”.